A partir del 1 de julio de 2025, entra en vigor el Número de Registro de Alquiler (NRA) para los anuncios de inmuebles destinados a alquiler de corta o media estancia, que se publiquen en plataformas digitales que permiten formalizar contratos a distancia. Antes todas las dudas que tenéis los propietarios que anunciáis en nuestra web, queremos aclarar que:
La nueva regulación que ha entrado hoy en aplicación afecta a las viviendas y dormitorios de temporada que se anuncian en plataformas de internet. Esta todo muy verde, ambiguo y muy mal explicado. Personalmente pienso que seria muy conveniente que todos los propietarios de pisos y dormitorios os saquéis el Número de Registro de Alquiler (NRA). Sirve para poder anunciar las viviendas en plataformas de alquiler. Yo en este momento aún no estoy segura de que "pisosmedicos.com" sea una plataforma, porque la descripción de plataformas y microplataformas es muy ambigua. Si tenéis gestores que os puedan informar vale la pena que les consultéis. Pero yo me veo obligada por si acaso a habilitarlo en la web. Podréis añadirlo en vuestras fichas de anuncios.
Si al final pasa que estoy obligada a poner el NRA en la web, querrá decir que estaré obligada a quitar los anuncios que no lo tengan.
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